Publicado en AMS ADVOCATS el 19/10/2026
Convenio administrativo · Ámbito estatal · BOE-A-2026-20703
Fecha del documento: Convenio: 03/09/2026 · Resolución: 28/09/2026 · Publicación en el BOE: 05/10/2026

El convenio publicado en el BOE contempla intercambio de información y medidas de coordinación sobre dominios «.es» relacionados con el juego y las apuestas.

El BOE de 5 de octubre de 2026 publica el convenio suscrito el 3 de septiembre entre Red.es y la Dirección General de Ordenación del Juego. La resolución que ordena su publicación está fechada el 28 de septiembre.

El acuerdo prevé intercambiar información, analizar dominios y desarrollar mecanismos técnicos y jurídicos frente a suplantaciones, imitaciones y usos engañosos vinculados al sector. Incluye la colaboración sobre datos del registro de dominios y la actualización de información sobre entidades del juego.

Se trata de un marco de cooperación administrativa. El documento no acredita el cierre de una plataforma concreta ni reconoce indemnizaciones individuales. Su eficacia se vincula a la inscripción en el REOICO; la fecha de publicación en el BOE no debe confundirse con esa inscripción.

Valoración de AMS ADVOCATS

Ante una posible suplantación, conviene conservar la dirección exacta de la página, capturas fechadas, justificantes de pago y comunicaciones. Para decidir cómo reclamar debe identificarse quién recibió los fondos y qué entidad aparece detrás de la web. La apariencia de una marca conocida no basta para atribuirle la operación.

Documentación oficial

Fuente oficial comprobada el 19/10/2026

Alcance de la comprobación

Convenio íntegro y resolución de publicación consultados. No se atribuyen al acuerdo resultados operativos concretos que no constan en el documento.

Información general. La aplicación a un caso concreto requiere examinar sus circunstancias y la normativa territorial correspondiente. Las versiones catalana y china de este artículo son traducciones informativas del despacho; el documento oficial adjunto conserva su idioma original.