¿Por qué elegirnos?

En nuestro despacho conseguimos un importante éxito en la defensa de un cliente que se enfrentaba a una ejecución instada por una entidad bancaria sobre la base de una supuesta deuda garantizada mediante la pignoración de depósitos a plazo fijo por un importe superior a 100.000 €.

El problema

El cliente, una persona de edad avanzada con problemas de salud, había avalado un contrato de préstamo con sus propios ahorros, depositados como garantía en el banco. Sin embargo, cuando la entidad inició la ejecución por presunto impago, no aportó documentación suficiente ni clara sobre el destino concreto de esos fondos. En esencia, se reclamaba una deuda sin haber justificado previamente si los depósitos pignorados habían sido correctamente aplicados al préstamo, como exige la normativa.

Nuestro enfoque

Desde el primer momento, detectamos una grave deficiencia en la demanda de ejecución: la falta de transparencia y de documentación acreditativa por parte de la entidad bancaria. En particular:

  • No se entregaron extractos bancarios que mostraran los movimientos, disposiciones o adjudicaciones de los depósitos.
  • No se justificó cómo se habían aplicado dichos fondos al contrato de préstamo garantizado.
  • La documentación aportada era parcial, incompleta y carente de certificación oficial.

Con base en esta situación, planteamos una estrategia centrada en el principio fundamental de que nadie puede ser ejecutado por una deuda que no ha sido claramente acreditada ni determinada. En estos casos, la ley exige que la deuda sea líquida, determinada y exigible, algo que no ocurría aquí.

Las acciones clave

1. Requerimos formalmente al juzgado que la entidad aportara toda la documentación bancaria, subrayando la indefensión que suponía para nuestro cliente no tener acceso a esa información esencial.

2. Solicitamos la suspensión de actos procesales, como vistas y señalamientos, ante la inacción del banco y la persistencia en presentar pruebas fragmentarias.

3. Enfatizamos la carga probatoria del banco, recordando que es la parte ejecutante quien debe acreditar plenamente la existencia y exigibilidad de la deuda.

El resultado

Gracias a una defensa técnica rigurosa y persistente, logramos que el procedimiento de ejecución fuera paralizado. El juzgado entendió que, en ausencia de una justificación clara del uso de los fondos pignorados, no podía exigirse el pago de la deuda pretendida. Nuestro cliente quedó liberado de una ejecución injusta y evitó la pérdida de sus ahorros.

Conclusión

Este caso demuestra cómo una defensa bien fundamentada puede frenar ejecuciones abusivas, especialmente cuando afectan a personas vulnerables. La atención al detalle, el conocimiento técnico y la firmeza procesal fueron determinantes para alcanzar un resultado favorable.

En nuestro despacho, nos comprometemos a proteger a nuestros clientes frente a abusos bancarios y a exigir el máximo rigor jurídico a las entidades financieras.

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